El taxi pierde su exención del cinturón: 200 € y 4 puntos

Desde el 1 de octubre los taxistas deben llevar cinturón siempre. También lo pierden repartidores y autoescuelas. Los niños siguen sin necesitar sillita.

Jorge Sánchez Por Jorge Sánchez 21/09/2026 5 min 6 lecturas 0 comentarios
Compartir: X WhatsApp
El taxi pierde su exención del cinturón: 200 € y 4 puntos

El 1 de octubre de 2026 se acaba una excepción que llevaba en vigor desde 2004: los taxistas tendrán que llevar el cinturón de seguridad puesto siempre, también cuando circulen por ciudad y estén de servicio. Hasta ahora la norma les eximía expresamente, y esa línea desaparece del reglamento.

No son los únicos afectados. La misma reforma se lleva por delante otras dos exenciones históricas que casi nadie recuerda: la de los repartidores de mercancías y la de los profesores de autoescuela.

Qué dice exactamente la norma

El cambio viene del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el BOE el 26 de junio. Su artículo único, apartado 19, reescribe el artículo 119 del Reglamento General de Circulación, que es el que recoge las excepciones al uso del cinturón.

Hasta ahora ese artículo decía, palabra por palabra, que quedaban exentos cuando circularan en poblado:

«a) Los conductores de taxis, cuando estén de servicio.
b) Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros.
c) Los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.
d) Las personas que acompañen a un alumno o aprendiz durante el aprendizaje de la conducción o las pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil.»

De esas cuatro, a partir del 1 de octubre solo sobrevive la c). Los servicios de urgencia mantienen la exención, y los pasajeros de ambulancias asistenciales siguen pudiendo ir sin cinturón en cualquier vía cuando vayan en el habitáculo del paciente atendiendo a alguien en ruta. Las otras tres desaparecen del texto.

Puerta de un taxi de Madrid con el escudo de la ciudad y el número de licencia
Los taxistas eran, desde 2004, uno de los pocos colectivos que podían conducir sin cinturón en ciudad. Foto: Donperfectodewiki (CC BY-SA 3.0, Wikimedia Commons).

Cuánto cuesta saltárselo

La sanción no es nueva ni especial para el taxi: es la que se aplica a cualquier conductor desde hace años. 200 euros de multa y cuatro puntos del carnet. Los puntos pasaron de tres a cuatro con la reforma de la Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo de 2022.

Conviene tenerlo en cuenta porque el taxista pasa muchas horas al volante y en trayectos urbanos cortos, justo donde hasta ahora tenía barra libre. A partir de octubre, cada control es una multa posible.

El detalle que se va a malinterpretar: los niños siguen igual

Aquí conviene parar, porque es donde más lío va a haber. Que desaparezca la exención del taxista no significa que ahora haga falta sillita infantil para montar a un niño en un taxi.

El mismo real decreto mantiene, con estas palabras, que cuando los taxis circulen en tráfico urbano o en áreas urbanas de grandes ciudades podrán transportar a personas que no lleguen a 135 centímetros sin dispositivo de retención homologado, siempre que ocupen un asiento trasero.

Dicho en claro: el que se tiene que abrochar es el conductor. Los niños pequeños pueden seguir montando atrás sin sillita en un taxi urbano, exactamente igual que hasta ahora.

Por qué lo han quitado

La DGT lo explica por el cambio de enfoque de las últimas dos décadas. El Reglamento General de Circulación es de 2003 y, según la propia exposición de motivos del decreto, en estos veintitantos años «la visión de la movilidad ha cambiado»: donde antes se ponía el foco en la carretera y en el vehículo, ahora se pone en las personas y en los entornos urbanos.

Desde el sector se ha señalado lo incómodo de la medida, sobre todo por la cantidad de veces que un taxista entra y sale del coche en una jornada de trabajo urbano. El argumento de Tráfico es el contrario: precisamente porque pasan tantas horas conduciendo, la excepción dejaba sin protección a quien más expuesto está.

Lo demás que cambia el mismo día

El Real Decreto 518/2026 va mucho más allá del taxi. Su objetivo declarado es proteger a los usuarios vulnerables de la vía, un concepto que se define por primera vez en una norma española. Estos son los otros cambios que entran en vigor el 1 de octubre:

  • Patinetes eléctricos: edad mínima de 15 años, casco obligatorio y chaleco reflectante de noche. Multa de 200 euros.
  • Ciclistas: casco obligatorio en vías interurbanas. Los ciclistas profesionales deberán llevar casco y chaleco en todo momento.
  • Motoristas: guantes obligatorios en vías interurbanas y calzado cerrado en todas las vías. Multa de 200 euros.

Algunas disposiciones del decreto, como las referidas al alumbrado de los patinetes y a los cascos homologados de moto, tienen plazos posteriores.

En resumen

  • Desde el 1 de octubre de 2026, los taxistas llevan cinturón siempre, también en ciudad y de servicio.
  • También lo pierden los repartidores y los acompañantes de aprendices en autoescuela.
  • Siguen exentos los servicios de urgencia y los pasajeros de ambulancias asistenciales.
  • Saltárselo cuesta 200 euros y cuatro puntos.
  • Los niños de menos de 135 cm siguen sin necesitar sillita en un taxi urbano si van detrás.

Fuente: Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el BOE el 26 de junio de 2026 (BOE-A-2026-13889), y nota de prensa de la Dirección General de Tráfico.

0 comentario(s)

Hola, invitado Accede a tu cuenta